CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 4465-2004, CONTRA LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA DE LA LEY CANARIA 6/1997, DE 4 DE JULIO, DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES, POR PRESUNTA VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 149.1.18 DE LA CONSTITUCIÓN, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 22.1 Y 25 DE LA LEY 30/1984, DE 2 DE AGOSTO, Y DEL ARTÍCULO 149.1.30 CE.
Preámbulo
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 13 de enero actual, ha acordado declarar la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4465-2004, por desaparición sobrevenida de su objeto, que fue planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Las Palmas de Gran Canaria, en relación con la disposición transitoria segunda de la Ley canaria 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales, por presunta vulneración del artículo 149.1.18 CE, en relación con los artículos 22.1 y 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y 149.1.30 de la Constitución . Dicha cuestión fue admitida a trámite el 14 de septiembre de 2004 (Boletín Oficial del Estado número 240, de 5 de octubre de 2004).
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